

Cambio Radical demandó ante el Consejo de Estado los decretos del Gobierno Nacional (1047 de 2024 y 949 de 2025) que prohibieron la exportación de carbón a Israel. También pidió, como medida cautelar, la suspensión provisional de los efectos del decreto, para impedir la consolidación de perjuicios económicos y sociales mientras se decide de fondo.
De acuerdo con el director de Cambio Radical, Germán Córdoba Ordóñez, la determinación del Gobierno es ilegal e inconstitucional porque excede las competencias del Ejecutivo y afecta gravemente la economía nacional.
Por su parte, el senador Didier Lobo expresó: “Dimos un paso firme para defender la seguridad jurídica y el futuro del país.
Promoví al interior de Cambio Radical demandar los decretos que prohíben exportar carbón an Israel. El Gobierno se extralimitó, golpeó la economía y puso en riesgo el empleo del Cesar y de Colombia”.
La demanda afirma que el Gobierno se extralimitó al imponer, por vía de acto administrativo, una sanción internacional sin autorización legal; que la decisión está falsamente motivada, pues no existe soporte técnico que demuestre que el carbón colombiano sea usado con fines militares en Israel; y que configura desviación de poder al emplear facultades económicas para propósitos de política exterior y presión diplomática.
Asimismo, argumenta que se vulnera el principio de proporcionalidad —existiendo medidas menos gravosas que una prohibición total— y que la decisión afecta de manera grave el orden económico y social al golpear exportaciones, empleo, regalías y la estabilidad de las regiones productoras.
El recurso judicial se apoya en normas superiores de la Constitución Política que delimitan las competencias del presidente y reservan al Congreso la facultad de adoptar sanciones de política exterior.
Según cifras del DANE citadas en los considerandos, entre enero y agosto de 2023 Colombia exportó a Israel cerca de 375 millones de dólares, de los cuales el 93 % correspondió a productos minero-energéticos y alrededor del 90 % fue carbón térmico. “Esta prohibición improvisada es ilegal e inconstitucional. No se puede sacrificar el ingreso de las regiones ni desconocer compromisos internacionales del país”, señaló Córdoba Ordóñez.