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TOMADO DE CODIGO DE PRENSA

¡La magistrada Maryori Gil Acosta falló y se agitó el tablero electoral! La decisión de la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito de Santa Marta tiene múltiples consecuencias. Jorge Luis Agudelo Apreza, Carlos Alberto Pinedo Cuello, José Alfredo Ordóñez Gutiérrez y Alfonso Luis Lastra Fuscaldo los implicados.

¿Quién se iba a imaginar que en cuatro días se iba a revolucionar la elección del alcalde de los 500 años? La Rama Judicial, el Consejo Nacional Electoral y la Comisión Escrutadora fueron protagonista de la ‘elección-finish’ de Santa Marta. Entre medidas provisionales, fallos y decisiones de fondo; todo fue inesperado.

Entre el lunes 20 y el miércoles 22 de noviembre, la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito de Santa Marta; le ordenó al Consejo Nacional Electoral -CNE-, resolver la revocatoria de la inscripción de la candidatura de Jorge Luis Agudelo Apreza mandato que negó la alta magistratura.

Del jueves 23 al viernes 24, es revocado el fallo de tutela que convirtió en candidato del partido político Fuerza Ciudadana a Jorge Luis Agudelo Apreza y la Comisión Escrutadora Municipal de Santa Marta, declaró como ’votos no marcados’ sus sufragios conllevando los siguientes cuatro efectos directos:

CARAMBOLA A CUATRO BANDAS

Jorge Luis Agudelo Apreza fue candidato del partido político Fuerza Ciudadana entre el martes 10 de octubre (fecha en la que se inscribió por mandato de un fallo de tutela) y el viernes 24 de noviembre. Al declararse como ’votos no marcados’ sus sufragios se interpreta como si nunca hubiese participado en las elecciones territoriales.

Carlos Alberto Pinedo Cuello fue candidato por el grupo significativo de ciudadanos: ‘Santa Marta sí puede’. En el preconteo obtuvo 85.222 votos contra 85.504 del caicedista Jorge Luis Agudelo Apreza. Al declarar la Comisión Escrutadora Municipal, como ’votos no marcados’ los de Agudelo, se convirtió en alcalde.

José Alfredo ‘El Cura’ Ordóñez Gutiérrez fue candidato por el grupo significativo de ciudadanos: ‘Santa Marta tiene cura’. Al ser quien sigue en votación a Carlos Alberto Pinedo Cuello, tiene el derecho personal a ocupar, una curul en el Concejo del Distrito. ¡El artículo 24 de la Ley 1909 del 2018 le concede esa potestad!

Alfonso Luis Lastra Fuscaldo se inscribió con el aval del partido político Dignidad y Compromiso. En el preconteo obtuvo 5.729 votos. Si los sufragios de Jorge Luis Agudelo Apreza fueron declarados como ’votos no marcados’; disminuiría el umbral. Eso le permitiría habilitarse para reclamar el dinero de la reposición de votos.