
La corporación judicial resolvió así una acción de tutela que interpuso Enrique Vargas Lleras, por considerar que el jefe de Estado violó sus derechos fundamentales a la honra y buen nombre, por haber publicado un trino en el que lo vinculaba a él con la inclusión de su hermano en el tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá que conocerá de este litigio y por otras afirmaciones contenidas en la publicación.
Frente a la concreta afirmación sobre la supuesta responsabilidad del demandante en esta designación como integrante de la Corte Arbitral de la Cámara, el Consejo de Estado concluyó que se trata de una información que carece de veracidad. Contrario a lo afirmado por el mandatario, el reglamento del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá no contempla que el organismo que él mencionó esté a cargo de esos sorteos para la designación de los árbitros.
Para el Consejo de Estado se hizo evidente que el demandado no cumplió con el deber mínimo de diligencia que le asistía antes de publicar esta información. De ahí su decisión de amparar los derechos fundamentales a la honra y buen nombre de Enrique Vargas Lleras, ordenando al Presidente rectificar estas afirmaciones en su cuenta de X. Debe hacerlo en un máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación del fallo de tutela.