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Felicies quedaron los miembros de la comunidad wayuu, al escuchar la lectura de la Sentencia T-302 en wayuunaiki.

Como un reconocimiento al trabajo realizado por el Gobierno y, en especial por el Ministerio del Interior bajo el liderazgo de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la Corte Constitucional destacó como cumplida la orden nueve de la Sentencia T-302 de 2017, en la que el alto tribunal solicitó divulgar en un
lenguaje culturalmente apropiado la orden judicial que declara el Estado de Cosas Inconstitucionales frente a los derechos al agua potable, la alimentación, la seguridad alimentaria y la salud de la población Wayúu de los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, en el departamento de La Guajira.


En la determinación expresada en el auto 440 de 2024, la Sala Especial de Seguimiento a esta sentencia indicó que el Ministerio del Interior “acató los principales elementos del mandato judicial a su cargo, como son la traducción de la Sentencia T-302/17 al wayuunaiki, su comunicación oral entre las comunidades y el registro audiovisual de las actividades de divulgación adelantadas”.


“Hemos seguido las instrucciones del presidente Gustavo Petro y del ministro del Interior,
Luis Fernando Velasco, para hacerle seguimiento y cumplimiento a lo estipulado por la
Corte. Es un gran logro para la dirección, el Viceministerio del Diálogo Social, para el
Ministerio y el Gobierno. Hacemos un llamado a todas las instituciones a continuar en las
labores. El pueblo Wayúu no está solo”, señaló Álvaro Echeverry director de Consulta
Previa del Ministerio del Interior.


También indicó que este es un paso significativo hacia el empoderamiento de la comunidad
Wayúu y el reconocimiento de su papel esencial en la construcción de un desarrollo
sostenible y equitativo en La Guajira.

“Es la primera vez que esta sentencia se divulga en lengua wayuunaiki. Es un trabajo que
venimos liderando desde Consulta Previa desde el 2023 por medio de un producto
audiovisual en conjunto con lingüistas, traductores, antropólogos y comunicadores sociales
con la Universidad de La Guajira, con las voces y representantes de la comunidad”,
expresó.


Una de las acciones adelantadas fue la producción de un pódcast en lengua wayuunaiki,
que hizo parte de la campaña de difusión e información que inició a partir de diciembre del
2023, labor que se seguirá desarrollando en las rancherías y sitios que impacta la
sentencia.


Echeverry comentó que, frente a las órdenes dictadas en Auto 2063 de 2023, cuyo
cumplimiento sigue en evaluación, la Sala Especial considera que “el Ministerio del Interior
presentó un informe detallado y respaldado con evidencias sobre las acciones para
comunicar y divulgar la Sentencia T-302/17 entre las comunidades indígenas de los
municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia”, y que la cartera política “remitió
información y evidencia sobre las reuniones, asistentes y actividades de preconsulta del
plan de acción en algunas comunidades de esa región. Por lo cual, también se considera
acatada”.


Tras la ponencia del magistrado José Fernando Reyes, la Corte también declaró el “cese
de las labores de seguimiento” que adelanta al respecto y frente a los autos 1196 de 2021
y 2063 de 2023, ordenó a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo
realizar seguimiento a las actividades que continúa desarrollando el Ministerio del Interior
para la difusión de la sentencia en los centros etnoeducativos e internados de Riohacha,
Manaure, Maicao y Uribia, de acuerdo con el Plan de Acción Integrado que presentó la
cartera política el pasado 12 de enero.


“El Ministerio del Interior, y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa,
seguirán avanzando en lo que ordena la Corte Constitucional a efecto de que las
comunidades estén debidamente preparadas, orientadas, y conozcan todo el alcance de la
Sentencia T- 302”, finalizó el funcionario del Ministerio del Interior.