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Concejo municipal de Fonseca/foto archivo
María Auxiliadora Medina Pitre.

El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, mediante ponencia de la magistrada María del Pilar Veloza Parra, dejó en firme la elección de la abogada María Auxiliadora Medina Pitre, como personera del municipio de Fonseca.

Cabe recordar que el ciudadano Aroldo Enrique Rincones Ávila, en ejercicio del medio de control de nulidad electoral, interpuso demanda contra la elección de la abogada María Auxiliadora Medina Pitre, donde, argumentando que, las pruebas de conocimiento se practicaron en la ciudad de Riohacha y no en Fonseca, sede del cargo que iba a ser proveído por elección de los concejales.

El criterio de la magistrada se argumenta en el Decreto 1083 de 2015 que no exige que la prueba se realice en el mismo municipio o distrito donde se cubrirá la vacante, por otro lado, el Distrito de Riohacha es la capital del Departamento, lo cual la convierte en un punto de encuentro accesible para personas provenientes de diferentes partes del departamento inclusive del país, facilitando así una mayor participación en la prueba de todos los ciudadanos interesados.
Aunado a lo indicado en previas líneas, no se advierten pruebas que soporten que la prueba fue mal diseñada o estuvo dirigida. El argumento del demandante, que se basa únicamente en el hecho de que solo dos personas aprobaron la prueba, es una mera conjetura y una afirmación subjetiva sin fundamento probatorio. Por lo cual este cargo tampoco está llamado a prosperar. La actual personera logró la mayor calificación, con un puntaje de 468.