La decisión se produce en medio de una controversia surgida tras la ruptura sentimental entre ambos. El Juzgado concluyó que no se acreditó una vulneración consumada ni una amenaza cierta, actual, objetiva e inminente atribuible a Aguirre.


El Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santa Marta declaró improcedente la acción de tutela presentada por Javier Antonio Matta Correa contra Ingrid Johana Aguirre Juvinao, con la que el acordeonero solicitaba la protección de sus derechos a la intimidad, propia imagen, honra, buen nombre y dignidad humana.
La decisión, proferida este 31 de agosto, se da en medio de las diferencias surgidas después de la terminación de la relación sentimental entre ambos y de posteriores actuaciones judiciales.
En su defensa, Aguirre sostuvo que ha enfrentado una forma de “violencia judicial como retaliación sentimental” y señaló que previamente acudió a la Fiscalía General de la Nación para denunciar hechos que considera deben ser investigados por las autoridades.
Lo que determinó el Juzgado
Al estudiar el caso, el despacho señaló que no existen elementos técnicos o independientes que demuestren que Aguirre tenga bajo su control fotografías, videos u otro material íntimo de Matta. Tampoco encontró pruebas que acrediten una supuesta “clonación” de su teléfono celular ni evidencia de que la accionada haya divulgado material privado o realizado actos concretos para hacerlo público.
Sobre una eventual divulgación futura, el Juzgado concluyó que tampoco se acreditó una amenaza cierta e inminente y precisó que “el juez constitucional no puede sustituir la prueba por la sospecha ni la certeza por la conjetura”.
Finalmente, determinó que “no se encuentra acreditada una vulneración consumada ni una amenaza cierta, actual, objetiva e inminente atribuible a la accionada” y señaló que varios de los hechos expuestos corresponden a asuntos que deben ser investigados por la Fiscalía.
Tras conocerse la decisión, Aguirre pidió que las diferencias sean resueltas ante las autoridades competentes y no mediante controversias en redes sociales o escenarios mediáticos.
Con estos argumentos, el Juzgado declaró improcedente el amparo solicitado por Javier Matta. La decisión podrá ser impugnada.

