La decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca establece que el Ejecutivo incumplió la Ley 2446 de 2025 y le concede cuatro meses para reglamentar la Política Pública de Cárceles Productivas.

El Gobierno Nacional deberá reglamentar, en un plazo máximo de cuatro meses, la Ley 2446 de 2025, que creó la Política Pública de Cárceles Productivas en Colombia, luego de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declarara el incumplimiento del mandato legal mediante una acción de cumplimiento promovida por el abogado guajiro Jesús Arnulfo Cobo García.
La decisión, considerada de gran trascendencia para el sistema penitenciario colombiano, fue adoptada por la Sección Primera, Subsección B del alto tribunal, dentro del proceso con radicado 25000-23-41-000-2026-00079-00, en el que fueron demandadas la Presidencia de la República y varias entidades del orden nacional.
Según el fallo, la Ley 2446 de 2025 estableció que el Gobierno debía expedir su reglamentación dentro de los seis meses siguientes a su promulgación, ocurrida el 11 de febrero de 2025. Sin embargo, el plazo venció el 11 de agosto de ese mismo año sin que se emitiera la reglamentación correspondiente.
Para el Tribunal, la omisión constituye un incumplimiento de un mandato legal expreso, razón por la cual ordenó al presidente de la República y al Ministerio de Justicia y del Derecho expedir la reglamentación en un término de cuatro meses, con el apoyo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC).
La decisión también involucra a los ministerios de Justicia y de Defensa Nacional, que deberán reglamentar la implementación de esta política en los establecimientos de reclusión destinados a integrantes de la Fuerza Pública.
Una política orientada a la resocialización
La Política Pública de Cárceles Productivas busca transformar los centros penitenciarios en espacios donde las personas privadas de la libertad puedan acceder a programas de trabajo, formación técnica, emprendimiento y producción, como herramientas para fortalecer los procesos de resocialización y facilitar su reintegración a la sociedad.
La ley también contempla la articulación entre entidades estatales, empresas privadas, organizaciones sociales e instituciones educativas, con el propósito de generar oportunidades laborales y crear mecanismos que permitan comercializar los productos elaborados al interior de las cárceles.
Entre las órdenes impartidas por el Tribunal también figura un exhorto al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para promover alianzas empresariales, abrir canales de comercialización y facilitar la inserción de los productos fabricados por la población privada de la libertad en el mercado nacional.
La iniciativa de un abogado guajiro
El proceso judicial tuvo origen en la actuación del abogado guajiro Jesús Arnulfo Cobo García, quien advirtió que el Gobierno había dejado vencer el plazo fijado por el Congreso sin expedir la reglamentación de la ley.
Antes de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, el jurista presentó, el 4 de diciembre de 2025, un requerimiento formal a la Presidencia de la República y a los ministerios competentes para que dieran cumplimiento a la norma. Ante la ausencia de respuesta efectiva, promovió la acción de cumplimiento.
Durante el proceso, varias entidades argumentaron que la potestad reglamentaria no podía exigirse mediante este mecanismo judicial o que la ley contenía disposiciones de carácter programático. No obstante, el Tribunal concluyó que las obligaciones previstas en la Ley 2446 de 2025 eran claras, expresas y exigibles, por lo que ordenó su cumplimiento.
La decisión representa un precedente sobre el deber de las autoridades de ejecutar las leyes aprobadas por el Congreso y ratifica que los ciudadanos pueden acudir a la justicia cuando las normas permanecen sin aplicación.
Con este fallo, el Gobierno Nacional queda obligado a poner en marcha una política que pretende convertir el trabajo, la capacitación y el emprendimiento en pilares del proceso de resocialización de la población privada de la libertad, una iniciativa que el Congreso había aprobado hace más de un año, pero cuya implementación permanecía suspendida por falta de reglamentación.

