CASO LAGUNA DE OXIDACIÓN: Más de dos décadas después, Corte Suprema de Justicia, ordena capturar al exgobernador Hernando Deluque Freyle, quien se entregó voluntariamente

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Hernando Deluque Freyle

La Corte Suprema de Justicia hizo efectiva la orden de captura contra el exgobernador de La Guajira, Hernando David Deluque Freyle, dentro del proceso que se le siguió por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, relacionado con la contratación de la construcción de la denominada Laguna de Oxidación de Riohacha.

La medida judicial se produce veintitrés años después de que Deluque Freyle dejara la Gobernación de La Guajira, tras agotarse un extenso proceso judicial que se originó en hechos ocurridos durante el periodo 2001-2003. La condena quedó en firme luego de resolverse los recursos interpuestos por su defensa.

El pasado viernes 24 de julio, hacia las 8:15 de la mañana, Deluque Freyle se presentó voluntariamente en el Comando del Departamento de Policía Guajira, una vez fue notificado de la decisión de la Corte Suprema de Justicia. Una hora después, un funcionario del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía hizo efectiva la legalización de su captura.

Posteriormente, el exmandatario fue trasladado a Medicina Legal para la respectiva valoración médica, procedimiento que descartó versiones según las cuales habría sido recluido en un centro asistencial por una supuesta enfermedad con el propósito de evadir la medida judicial. Hasta el momento permanece bajo custodia de la Policía Nacional.

El proceso judicial tiene su origen en la contratación del proyecto de construcción de la Laguna de Oxidación de Riohacha, iniciativa financiada con recursos aportados por el Corpes, el Gobierno Nacional, la Gobernación de La Guajira, la Alcaldía de Riohacha y Corpoguajira. Sin embargo, la obra nunca fue concluida debido a diversos factores, entre ellos la oposición de sectores de comunidades wayuu y la falta de definición de varios requisitos administrativos y ambientales.

De acuerdo con la sentencia, durante la administración de Deluque Freyle se celebró un contrato por aproximadamente 2.100 millones de pesos sin el cumplimiento de los requisitos legales exigidos para la contratación estatal. La investigación concluyó que se autorizó el desembolso de un anticipo cercano al 50 % del valor del contrato, pese a que las obras finalmente no fueron ejecutadas, ocasionando un detrimento al patrimonio público.

No obstante, personas cercanas al exgobernador sostienen que la administración departamental cumplió con las obligaciones que le correspondían dentro del convenio interadministrativo. Según esa versión, la legalización de los predios adquiridos con recursos del Corpes y de la Nación era responsabilidad del municipio de Riohacha, administración que estuvo a cargo, durante distintos periodos, de los alcaldes Luis Gómez, Carmen Garzón, Yolima Carrillo, Wilder Ríos y Miller Choles, entre otros.

Añaden que otro de los factores que incidieron en la paralización del proyecto fue la exigencia de una licencia ambiental por parte de Corpoguajira, trámite que, según afirman, se prolongó durante varios años. Asimismo, sostienen que la empresa contratista mantuvo bajo reserva bancaria los recursos entregados por el departamento.

Las investigaciones fueron adelantadas inicialmente por la Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación, que cuestionaron la legalidad del proceso contractual. Posteriormente, el expediente pasó a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, autoridad competente para juzgar al entonces gobernador por el fuero que ostentaba al momento de los hechos.

Tras un prolongado trámite judicial, la Sala de Casación Penal declaró responsable a Hernando Deluque Freyle del delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y dejó en firme la condena.

Como consecuencia de la decisión, el exgobernador deberá cumplir una pena de ocho años de prisión —reducida posteriormente por decisión judicial, según la información conocida por su defensa—, además de las sanciones accesorias, entre ellas la inhabilidad para ejercer funciones públicas durante el término fijado por la sentencia.

La defensa ha señalado que evaluará las actuaciones jurídicas procedentes y que, por tratarse de una persona mayor de 65 años, Deluque Freyle podría solicitar el beneficio de la prisión domiciliaria, posibilidad prevista en la legislación colombiana, siempre que el juez competente considere que se cumplen los requisitos establecidos en la ley.

La decisión de la Corte Suprema revive uno de los procesos por presuntas irregularidades contractuales más antiguos de La Guajira y reabre el debate sobre la responsabilidad de los servidores públicos en la ejecución de proyectos de infraestructura y saneamiento básico financiados con recursos públicos.

Resumen

  • La sentencia quedó ejecutoriada, por lo que ya no procede ningún recurso ordinario.
  • La Corte expidió la orden de captura para hacer efectiva la condena.
  • El exgobernador se presentó voluntariamente ante las autoridades en Riohacha, donde fue formalizado el procedimiento de captura.
  • La captura fue legalizada por la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema.
  • El INPEC deberá definir el establecimiento carcelario donde cumplirá la pena.
  • La sentencia también contempla la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el término fijado en el fallo, el exgobernador es un ciudadano con