EN BUSCA DE LA ALCALDIA PERDIDA: Nueva ofensiva jurídica busca dejar sin efecto la decisión que mantiene a Micher Pérez en la Alcaldía de Fonseca

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Osvaldo Rodríguez, a través de su abogado Jalter Alarcón, solicitó al Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira declarar ilegal un auto del 29 de octubre. La controversia gira alrededor de los efectos de un fallo del Consejo de Estado que revocó una decisión judicial relacionada con el cómputo de los votos del actual mandatario.

La controversia por la titularidad de la Alcaldía de Fonseca vuelve a los estrados judiciales. Esta vez, mediante una nueva solicitud presentada por el abogado Jalter Jesús Alarcón Fonseca, quien, en representación de Osvaldo Carlos Rodríguez Figueroa, pidió al Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira declarar la ilegalidad del auto interlocutorio del pasado 29 de octubre de 2026, relacionado con el cumplimiento de un fallo de tutela de segunda instancia.

La petición busca que el Tribunal revise su determinación anterior, en la que consideró que no existía una orden expresa pendiente de cumplimiento, luego de que el Consejo de Estado, mediante sentencia del 3 de julio de 2026, revocara integralmente el fallo de primera instancia del 15 de mayo del mismo año.

El antecedente de esta discusión se remonta a las elecciones atípicas del 3 de mayo de 2026, convocadas para escoger alcalde de Fonseca durante el resto del periodo constitucional. En esa contienda participó Micher Pérez Fuentes, cuya inscripción como candidato había sido revocada. Sin embargo, mediante una decisión de tutela de primera instancia, el Tribunal ordenó que sus votos fueran computados.

Con fundamento en esa determinación judicial se declaró su elección y se expidió la correspondiente credencial, actuaciones que posteriormente quedaron en el centro de la discusión jurídica tras la revocatoria del fallo por parte del Consejo de Estado.

Ahora, el abogado Alarcón sostiene que la decisión de segunda instancia produjo el restablecimiento automático de la situación jurídica anterior al fallo revocado. Para sustentar su argumento invoca el artículo 7 del Decreto 306 de 1992, según el cual, cuando el superior revoca una decisión, las cosas deben volver al estado en que se encontraban antes de su expedición.

Desde esa interpretación, considera que la computación de los votos de Micher Pérez perdió su fundamento jurídico y que la credencial expedida como consecuencia de aquella decisión tampoco puede mantenerse al margen de los efectos de la revocatoria.

¿Qué está solicitando concretamente?

En el documento radicado el 2 de noviembre, Alarcón formula nueve peticiones. Entre ellas solicita declarar ilegal el auto del 29 de octubre, reconocer que la computación de los votos de Micher Pérez carece de fundamento jurídico, disponer las actuaciones necesarias para restablecer el estado anterior y comunicar la determinación al Consejo Nacional Electoral y a la Comisión Escrutadora Departamental de La Guajira.

También argumenta que la existencia de un proceso de nulidad electoral en curso no debe impedir que se reconozcan los efectos de la sentencia de segunda instancia.

La solicitud advierte, además, que el hecho de haberse expedido una credencial y de haberse materializado la elección no puede convertir en definitiva una actuación sustentada en una providencia que posteriormente fue revocada.

Una controversia que sigue sin despejarse

El nuevo movimiento judicial prolonga la incertidumbre alrededor de la legitimidad jurídica de la elección de Micher Pérez y de las actuaciones que deben adelantarse frente a los resultados de las elecciones atípicas.

Sin embargo, es importante precisar que la solicitud presentada por el abogado Alarcón no constituye una decisión judicial ni deja sin efectos, por sí misma, el auto cuestionado o la credencial del mandatario. Será el Tribunal el que deberá pronunciarse sobre los argumentos expuestos y determinar el alcance de las decisiones judiciales anteriores.

Mientras tanto, Fonseca continúa enfrentando una controversia que trasciende el resultado de las urnas: la definición jurídica de quién debe ejercer la Alcaldía y cuáles son los efectos de las decisiones que se han producido durante este proceso.

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