DESDE HOY: Decreto 1525 entra en operación este miércoles: así cambiarán las reglas para atender las protestas en Colombia:

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La norma permite intervenir contra personas que cometan actos violentos sin esperar a que termine el diálogo con los organizadores. También establece mecanismos para proteger a los manifestantes pacíficos, atender bloqueos y garantizar el paso de servicios esenciales.

Este miércoles 14 de octubre comenzará a ponerse a prueba en Colombia el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, expedido por el Gobierno nacional para modificar las reglas de actuación de la Fuerza Pública durante las manifestaciones sociales.

La entrada en operación de la norma coincidirá con las movilizaciones convocadas por sectores de la oposición, una circunstancia que pondrá a prueba los nuevos procedimientos para garantizar el derecho a la protesta pacífica y responder ante posibles alteraciones del orden público.

El decreto modifica y adiciona disposiciones del Decreto 003 de 2021, que establece el protocolo para la actuación de las autoridades antes, durante y después de las manifestaciones. El nuevo marco busca precisar cuándo deben intervenir los organismos de seguridad, cómo se gestionan los bloqueos y qué mecanismos de control deben aplicarse a las actuaciones oficiales.

Intervención frente a hechos violentos

Uno de los principales cambios consiste en que el diálogo y la mediación seguirán siendo principios generales de actuación, pero no impedirán que la Policía intervenga de manera inmediata contra personas que incurran en actos de violencia.

Esto significa que, si durante una manifestación se registran agresiones físicas, ataques con armas, uso de artefactos incendiarios o retenciones de personas, las autoridades podrán actuar contra quienes ejecuten esas conductas sin tener que esperar a que concluya el proceso de concertación con los organizadores.

La medida establece una diferenciación entre los responsables de hechos violentos y quienes participan pacíficamente en una concentración. Por tanto, la existencia de incidentes no debe traducirse automáticamente en la dispersión indiscriminada de todos los manifestantes.

¿Qué pasará con los bloqueos de vías?

El decreto también incorpora criterios para evaluar las obstrucciones de carreteras, la ocupación prolongada de accesos a instalaciones y las afectaciones a terceros.

Las autoridades deberán considerar factores como la duración del bloqueo, sus consecuencias sobre la movilidad, la existencia de rutas alternas y los daños ocasionados al abastecimiento de alimentos, medicamentos y otros bienes esenciales.

La ocupación temporal de una calzada no convierte, por sí sola, una manifestación en violenta. Sin embargo, las autoridades podrán evaluar las circunstancias particulares para determinar si procede una intervención, conforme a las reglas aplicables y al respeto de los derechos fundamentales.

Corredores para ambulancias y servicios esenciales

Otra disposición busca asegurar el tránsito de ambulancias, vehículos de emergencia, misiones médicas y transportes de medicamentos y alimentos perecederos.

Para ello, se contempla la habilitación de corredores solidarios que permitan reducir los efectos de las movilizaciones sobre la población que necesita atención médica o depende del suministro oportuno de productos indispensables.

Cuando persista la obstrucción de estos servicios esenciales y se hayan agotado las gestiones de diálogo correspondientes, las autoridades podrán proceder conforme a las condiciones previstas en el decreto.

Cinco niveles de actuación y mayor control

El protocolo contempla cinco niveles de actuación institucional: facilitación preventiva, diálogo directo, mediación institucional, disuasión y restablecimiento del orden mediante unidades especializadas.

La progresión entre estas etapas busca que la respuesta estatal sea proporcional a las circunstancias. No obstante, se contemplan situaciones de violencia inminente en las que puede ser necesario intervenir sin agotar previamente todas las fases de mediación.

La norma también establece la participación de distintas instituciones en los puestos de mando unificado (PMU), donde deberán coordinarse las decisiones relacionadas con el manejo de las jornadas. Las actuaciones tendrán que quedar registradas mediante actas y bitácoras que permitan establecer las razones de las decisiones y la responsabilidad de los funcionarios.

Asimismo, se contempla la publicación de balances oficiales sobre las afectaciones de las manifestaciones dentro de las 72 horas siguientes a su culminación.

Un primer examen para las autoridades

La aplicación del Decreto 1525 será observada tanto por sus efectos sobre el orden público como por las garantías que ofrezca a quienes decidan manifestarse pacíficamente.

Mientras el Gobierno sostiene que las nuevas disposiciones buscan impedir que los actos violentos afecten a la ciudadanía y a los servicios esenciales, el desafío institucional será evitar que las facultades de intervención se traduzcan en restricciones injustificadas al derecho a la reunión y la protesta.

La jornada de este miércoles permitirá observar cómo se aplican las nuevas reglas en el terreno, especialmente en lo relacionado con el uso de la fuerza, la atención de bloqueos y la protección de los derechos de manifestantes y terceros.

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