
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó el auto que admitió una acción popular contra la Nación – Ministerio de Hacienda y la Registraduría Nacional del Estado Civil, en un proceso que busca proteger derechos colectivos relacionados con la modernización, transparencia y eficiencia del sistema electoral colombiano.
La decisión, adoptada el 27 de febrero de 2026 por la Sección Primera, Subsección C, con ponencia del magistrado Luis Norberto Cermeño, negó el recurso de reposición interpuesto por la Registraduría, que pretendía revocar la admisión de la demanda.
El proceso fue promovido por el ciudadano Jesús Arnulfo Cobo García mediante acción popular, mecanismo consagrado en la Ley 472 de 1998, con el argumento de que están en riesgo derechos colectivos como el acceso a un sistema electoral moderno con implementación del voto electrónico, la transparencia en la gestión pública electoral y la eficacia y agilidad de los procesos.
¿Qué alegaba la Registraduría?
La entidad electoral sostuvo que no se había cumplido el requisito de procedibilidad, cuestionó que los derechos invocados fueran colectivos y argumentó que el mecanismo judicial adecuado no era la acción popular sino la acción de cumplimiento, en referencia a lo dispuesto en la Ley 1475 de 2011, que regula aspectos del sistema electoral y de los partidos políticos.
Sin embargo, el Tribunal concluyó que sí se acreditó la reclamación previa ante la Registraduría —realizada en septiembre de 2024— y que los derechos invocados trascienden la esfera individual, pues impactan a toda la colectividad.
En consecuencia, confirmó que la acción popular es procedente en esta etapa procesal y dejó claro que el debate sobre el fondo del asunto —incluida la viabilidad del voto electrónico— se resolverá en la sentencia.
La explicación del abogado demandante
El abogado del demandante explicó que esta decisión “no ordena todavía la implementación inmediata del voto electrónico, pero sí reconoce que la discusión sobre la modernización del sistema electoral es un asunto de interés colectivo que merece un debate judicial de fondo”.
Según indicó, el fallo abre la puerta para que un juez determine si el Estado ha sido eficaz en cumplir los compromisos normativos y técnicos para avanzar hacia un sistema más transparente y tecnológicamente robusto.
“El Tribunal está diciendo que no se trata de un interés individual ni político, sino de un derecho colectivo relacionado con la calidad de la democracia”, señaló.
Implicaciones nacionales
El proceso tiene alcance nacional, ya que involucra directamente a la organización electoral y podría incidir en la forma como se desarrollen futuros comicios en Colombia. De prosperar las pretensiones, el Estado podría verse obligado a adoptar medidas concretas para acelerar la implementación de tecnologías como el voto electrónico.
Por ahora, el expediente continuará su trámite y se definirá en sentencia si existe vulneración de derechos colectivos en el actual modelo electoral colombiano.
