La Sala Penal concluyó que el exgobernador de La Guajira fue determinador del homicidio de Luis Gregorio López Peralta y mantuvo la condena por concierto para delinquir agravado. La decisión también cuestionó la valoración probatoria realizada por el Tribunal Superior de Bogotá.



Una decisión de la Corte Suprema de Justicia vuelve a poner bajo la lupa uno de los episodios más graves de la historia política y judicial de La Guajira.
La Sala de Casación Penal revocó parcialmente la absolución que había beneficiado al exgobernador Juan Francisco Gómez Cerchar, conocido como ‘Kiko’ Gómez, y lo condenó por su responsabilidad como determinador del asesinato del entonces concejal de Barrancas Luis Gregorio López Peralta, ocurrido el 22 de febrero de 1997.
La Corte impuso una pena de 380 meses de prisión, equivalentes a 31 años y 8 meses, además de una multa de 14.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad de 120 meses para el ejercicio de derechos y funciones públicas. También mantuvo la condena por concierto para delinquir agravado.
El fallo representa un cambio sustancial frente a la decisión adoptada anteriormente por el Tribunal Superior de Bogotá, que había absuelto a Gómez Cerchar por el homicidio de López Peralta, aunque había mantenido la condena por concierto para delinquir.
La Corte reconstruyó el contexto político del crimen
Uno de los aspectos centrales de la decisión está en la manera como la Corte valoró las pruebas.
Para el alto tribunal, el asesinato no podía analizarse como un hecho aislado, sino dentro de un escenario de confrontación política, intimidación y presencia de estructuras armadas en el sur de La Guajira.
La Sala cuestionó que el Tribunal hubiera fragmentado las pruebas y restado importancia a elementos que, examinados conjuntamente, permitían establecer un móvil político y la existencia de capacidad armada para ejecutar el crimen.
Entre los testimonios retomados por la Corte está el de la exalcaldesa de Barrancas Yandra Cecilia Brito Carrillo, quien había declarado sobre el poder de intimidación que ejercía Gómez Cerchar y sobre las represalias contra quienes se oponían a sus intereses.
Según la Corte, la víctima tenía proyección política y respaldo popular para disputar el poder local, mientras que Gómez Cerchar contaba, para entonces, con una estructura de poder político y soporte armado que le habría permitido disponer de ejecutores, recursos, contactos y lugares para facilitar acciones criminales.
Alianzas con estructuras armadas
La sentencia también mantiene la responsabilidad de Gómez Cerchar por concierto para delinquir agravado, dentro de un contexto de relaciones con organizaciones armadas ilegales.
La Corte señala la existencia de alianzas estables con estructuras vinculadas a Marcos de Jesús Figueroa García, conocido como ‘Marquitos Figueroa’, así como con sectores del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia.
El análisis judicial señala que esas relaciones habrían permitido disponer de apoyo económico, logístico, contactos y espacios para facilitar las actividades de integrantes de esas organizaciones.
De esta manera, el fallo no se concentra únicamente en quién disparó contra el concejal, sino en la estructura de poder que, según la prueba analizada por la Corte, hizo posible la ejecución del crimen.
Siete años de mora y dos homicidios prescritos
La decisión también deja un capítulo polémico.
La Corte lamentó que la demora judicial hubiera permitido que prescribiera la acción penal relacionada con los homicidios de Luis Alejandro Rodríguez Frías y Rosa Mercedes Cabrera Alfaro, ocurridos en el año 2000.
El alto tribunal cuestionó que el proceso permaneciera inactivo durante aproximadamente siete años, circunstancia que terminó impidiendo una decisión de fondo sobre esos dos homicidios.
Aunque la Corte encontró en esos hechos características compatibles con graves violaciones de derechos humanos, la prescripción impidió continuar el juzgamiento por esos delitos.
Reparación para la hija de la víctima
Además de la condena penal, la Corte mantuvo la reparación por perjuicios morales a favor de Diana Carolina López Zuleta, hija del concejal asesinado, por un valor equivalente a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El fallo constituye así un nuevo capítulo en uno de los procesos judiciales más significativos relacionados con la violencia política y las alianzas entre sectores de poder y organizaciones armadas en La Guajira.
Más de dos décadas después del asesinato de Luis Gregorio López Peralta, la justicia vuelve sobre aquel crimen y modifica de manera definitiva el alcance de la responsabilidad penal atribuida a quien años después llegaría a ocupar la Gobernación de La Guajira.

