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Alcaldesa Nera Robles, abogado defensor José ‘Jotica’ Vives.

En dos partes se cumplió la primera audiencia, en donde el Tribunal Administrativo de La Guajira, mediante ponencia de la magistrada Carmen Cecilia Plata Jiménez, se estudian los argumentos de la demanda de nulidad de la elección de la alcaldesa Nera Eloísa Robles Bonivento, instaurada por el abogado y exmagistrado Alario Montero.

La primera parte de la esperada audiencia, se inició a las 10 de la mañana de este lunes 22 de abril, luego se hizo un receso, para reanudarse sobre las tres de la tarde, para terminar casi a las seis de la tarde. Al final, la magistrada Plata Jiménez, otorgó plazo de cinco días a la defensa representada por el abogado samario José Vives, para que presente pruebas soportadas a las apelaciones y objeciones hechas durante el desarrollo de la audiencia.

El primer pulso entre el demandante Álvaro Alario Montero, y la defensa José Vives Pérez, dejó planteadas algunos interrogantes, los cuales deberán ser aclarados dentro del plazo de cinco días otorgado por la magistrada ponente, Carmen Cecilia Plata Jiménez, quien finalmente deberá emitir un fallo de primera instancia sobre este litigio que tiene en vilo a la alcaldesa de Albania, Nera Robles Bonivento.

Jader Evaristo Magdaniel Cabrales. después de la jornada electoral del 29 de octubre de 2023, la Comisión Escrutadora Municipal de Albania, Guajira, no declaró la elección y remitió la actuación a la Comisión Escrutadora Departamental, esta última resolvió las reclamaciones y declaró elegida a Nera Eloísa Robles Bonivento como alcaldesa del municipio de Albania, Guajira. El proceso señala que hubo una diferencia de 251 votos entre la candidata elegida, Nera Eloísa Robles Bonivento, y el entonces candidato Jader Evaristo Magdaniel Cabrales.

Magdaniel alega que la elección de Nera Robles está viciada de nulidad por dos causales:
• Sufragaron ciudadanos que no residen en el municipio de Albania, Guajira.
• Los documentos electorales fueron alterados o modificados: “Sumado a esto en la demanda reza que, respecto a la causal contemplada en el numeral 7º del artículo 275 del CPACA, se menciona que el Consejo Nacional Electoral dejó sin efectos la inscripción de cédulas de varios ciudadanos que se habían inscrito para votar en el municipio de Albania, La Guajira, con Resolución número 9228 del 8 de septiembre de 2023. Sin embargo, muchos de esos ciudadanos sufragaron en las mesas de votación del municipio”.

Según el demandante, a las personas se le violó el derecho a la participación en las decisiones políticas y la libre elección, así como también, se incurrió en trashumancia electoral, por lo que pretende la anulación de la elección de una de las alcaldesas de La Guajira.